Registro consular
El nacimiento puede registrarse en un consulado brasileño competente si no existe registro brasileño previo. Es una vía constitucional de nacionalidad de origen. El certificado consular debe transcribirse en el registro civil brasileño para producir plenos efectos en el país.
Registro civil directo y opción
La transcripción directa del acta extranjera, sin registro consular, sigue otra vía. Pueden ser necesarias residencia en Brasil y opción de nacionalidad tras la mayoría de edad. La opción es un procedimiento judicial específico, distinto de naturalización.
Edad e inconsistencias
Menores y adultos pueden necesitar documentos y formalidades diferentes. Nombres, filiación, registros previos y periodos históricos constitucionales deben revisarse antes de una nueva solicitud; quizá sea necesaria una rectificación.
Análisis inicial
Se comienza por el acta extranjera, prueba de nacionalidad del progenitor brasileño y registros consulares o civiles existentes. La medida adecuada puede ser consular, registral o judicial según los hechos.

